viernes, 25 de diciembre de 2009

La Letra de Cambio


Es un documento expedido por una persona llamada librador, ordenando a otra persona llamada librado, que pague una cierta cantida de dinero en un lugar y fecha determinados, a otra tercera persona llamada tenedor o tomador que deberá ser una entidad de crédito.


Personas que intervienen en la letra.


  • Librador. Es la persona que crea la letra y la pone en circulación para que la pague el librado.

  • Librado. Es la persona que debe hacerse cargo del pago de la letra aceptándola completa.

  • Tenedor o tomador. Es la persona a quien el librador trasmite la letra para que éste ordene al librado su pago cuando llegue el vencimiento.

  • Avalista. Es la persona que garantiza el pago de la letra a su vencimiento avalando al librado.

  • Endosante y endosatario. El endosante es la persona que siendo tenedor de la letra, la transmite a otra, (endosatario) por medio del endoso , quien, a su vez, puede trasmitirla por endoso posterior.

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